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martes, septiembre 12, 2006

INFORME SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY QUE FOMENTAN EL USO DE ENERGÍAS RENOVABLES NO CONVENCIONALES

La exposición del Sr Bernstein que verán es absolutamente errada y diversa de lo que se propone en el mundo y por grandes expertos en materias de energías renovables . Saludos Rodrigo González Fernández.

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INFORME SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY QUE FOMENTAN EL USO DE ENERGÍAS RENOVABLES NO CONVENCIONALES (ERNC)


 

Introducción

En Julio del presente año, parlamentarios de todos los sectores políticos presentaron dos proyectos de ley al Congreso con el objeto de fomentar el uso de las llamadas energías renovables no convencionales (ERNC). Según señalan sus autores, ello tiene por objeto diversificar la matriz energética, aumentar la autonomía energética, superar la actual crisis energética y contar con medios de generación menos contaminantes.

Los expertos en la materia, sin embargo, señalan que fomentar artificialmente el uso de este tipo de energías y pretender tener independencia de otros países tendría costos insoportables para el país.

A continuación se revisará, someramente, cuáles son las ERNC, los proyectos de ley presentados al Congreso y la opinión que don Sebastián Bernstein1 dio sobre esta materia en el seminario organizado por la SOFOFA “¿Hay crisis energética? La salida” el 4 de agosto recién pasado.

Fuentes de energía

Las fuentes de energía se refieren a aquellos recursos o medios naturales capaces de producir algún tipo de energía. Estas fuentes pueden ser primarias o secundarias, renovables o no renovables2. A su vez, las fuentes de energía renovables suelen clasificarse en convencionales y no convencionales según el grado de desarrollo de las tecnologías para su aprovechamiento y la penetración en los mercados energéticos que presenten.

Un sistema energético comienza con la utilización de las fuentes o recursos de energía primaria, como el petróleo crudo, el agua o gas natural. Cuando este tipo de energía pasa a un centro de transformación, como por ejemplo, una refinería de petróleo o bien, una central hidroeléctrica o termoeléctrica, se obtiene energía secundaria. De acuerdo a la materia a la que se refiere este informe, interesa saber, por tanto, que la electricidad es una forma de energía secundaria que puede ser generada a partir de diversas fuentes de energía primaria3.

En Chile, los recursos o fuentes primarias más económicos para generar electricidad, que es una fuente secundaria, son la energía hidráulica, el carbón, el gas natural, el petróleo, la leña y subproductos. La energía nuclear no aparece competitiva todavía para desarrollarse en ninguno de los sistemas eléctricos del país si bien, según hemos leído últimamente, el

1 Bernstein, Sebastián: Socio –Director Synex Ingenieros Consultores; Ex Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía, 1984-1990; Desempeñó un rol fundamental en la reforma legal que organizó a la industria de energía eléctrica en la forma que existe hoy en día. Puede obtener más información en www.synex.cl

2 Información obtenida en http://www.cne.cl y http://www.conama.cl/

3 Capítulo 1.3.1.1. Fuentes de generación de electricidad; Memoria de Título “Institucionalidad Normativa del Sector Eléctrico”, Hedy Matthei, (http://www2.ing.puc.cl/power/paperspdf/mattheihedy.pdf ).


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Gobierno estaría por estudiar la factibilidad de su uso.

4http://www.cne.cl/noticias/otros/doc/PRESENTACION_SOFOFA.pdf#search=%22ERNC%20sofofa%22;

5 Primer Informe del proyecto de ley “Fomento de las fuentes de energía renovable y no convencionales”, boletín No. 4312- 08, de la Comisión de Minería del Senado.

6 De acuerdo a la página web www.cne.cl, un significativo aporte al uso de las ERNC lo constituye la extracción del biogás desde vertederos de basura. Posteriormente éste es procesado y se utiliza, en forma comercial, como componente del gas de ciudad en Santiago y Valparaíso. Otra aplicación de la energía de la biomasa, se encuentra en la generación de electricidad en localidades rurales aisladas. En el año 1999, la CNE, en conjunto con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), implementó, en el marco del Programa de Electrificación Rural, un proyecto piloto para generar electricidad, a partir de la gasificación de la biomasa y abastecer de energía eléctrica a 31 familias de la localidad de Metahue, Isla Butachauques, en la Xª Región.

Las fuentes de energía renovables o no agotables, por su parte, son aquellas que no se agotan, como por ejemplo, la fuente hidráulica de energía (ríos y olas), fuente solar de energía (el sol), fuente eólica de energía (el viento), energía oceánica (las mareas) y la fuente orgánica de energía (la biomasa).

Entre las fuentes de energía no renovables o agotables, se nombran el carbón, el petróleo, el gas natural y la geotermia (fuerza interna de la tierra).

Históricamente, la matriz energética de Chile ha contado con una participación importante de energías renovables, en particular de la energía hidráulica convencional utilizada para generación eléctrica. Esta participación ha disminuido en los últimos años producto del crecimiento de sectores que tienen un consumo intensivo de derivados del petróleo, como el transporte, y del aumento de la capacidad de generación eléctrica térmica a partir de gas natural.

Las energías renovables, a su vez, pueden ser convencionales (ERC) y no convencionales (ERNC).

Las fuentes de ERC serían aquellas cuyo uso es más común, como por ejemplo, la energía hidráulica.

Las fuentes de ERNC para producir electricidad son, entre otras, la energía fotovoltaica, (energía solar captada mediante el uso de paneles), la solar térmica, la biomasa (energía obtenida de compuestos orgánicos que se han producido en el tiempo por procesos naturales, como los residuos forestales o de la agricultura, que con posterioridad se transforman en combustibles), microcentrales hidráulicas, la energía eólica y la energía geotérmica.

Fomento de las ERNC

Actualmente, las ERNC representan sólo el 2,4% del total de la capacidad instalada, correspondiente a 287,7 MW4, ya que, a los precios actuales, éstas sólo son competitivas para satisfacer consumos eléctricos pequeños en lugares muy alejados de los sistemas eléctricos existentes.

En efecto, el Secretario de la CNE señaló a la Comisión de Minería y Energía del Senado5, en agosto del presente año, que el abastecimiento energético del país, en el corto y mediano plazo, estará sustentado principalmente por recursos convencionales o tradicionales y que los no convencionales podrían tener una demanda creciente en el “largo plazo”.

Según el mismo, la mayor parte de la capacidad instalada de ERNC, 170 MW, corresponde a biomasa, principalmente ligada a la industria de la celulosa6; 112 MW están en centrales hidroeléctricas pequeñas, instaladas principalmente entre el Sistema Interconectado del Norte Grande (SING), el Sistema Interconectado Central (SIC) y Aysén; y 2 MW


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están referidos a un parque eólico que se encuentra en Aysén.

Además, señaló que están en etapa de estudio proyectos de ERNC por unos 370 MW adicionales, que se encuentran en la etapa de evaluación de impacto ambiental. De estos proyectos, 75 corresponderían a minicentrales hidráulicas, de los cuales habrían 8 aprobados y 3 en proceso de calificación; 14 MW corresponden a biomasa, con 2 proyectos aprobados, y en el caso de eólica, hay 5 proyectos presentados, por un total de 284 MW, todos estos últimos en etapa de calificación.

La Presidenta Bachelet, sin embargo, considera necesario fomentar el uso de las ERNC. Así lo expresó la actual Ministra de Minería en el seminario sobre energía eléctrica organizado por la SOFOFA. En efecto, el Gobierno se comprometió a desarrollar instrumentos e iniciativas para que el porcentaje de la capacidad instalada de las ERNC aumente de un 2,4% a un 15%.

El primer paso para este incentivo ya se había dado con la dictación de la Ley Corta I y Ley Corta II, que reformaron la Ley General de Servicios Eléctricos, durante el Gobierno del Presidente Lagos.

La ley Corta I abrió el mercado mayorista y el acceso a las redes de distribución a los generadores menores de 9MW. Además, eximió total y parcialmente a centrales generadores de ERNC, según si eran menores de 9 MW o entre 9 y 20 MW, del pago de peaje troncal.

La Ley Corta II reservó un 5% de los bloques en licitación a las ERNC, en condiciones de precio similares a las empresas generadoras que logren contratos con las distribuidoras.

Actualmente, la Comisión Nacional de Energía (en adelante CNE) se encuentra trabajando en conjunto con otras instituciones, como la CORFO y la Comisión Nacional de Riego, para apoyar inversiones con ERNC. Para ello, según señaló la Ministra, se estarían adoptando una serie de medidas, como, por ejemplo, programas de atracción de inversiones, líneas de financiamiento con tasas preferentes, acuerdos de cooperación, etc..

El Congreso, como ya se señaló, tampoco ha estado ajeno a esta tendencia. En julio de 2006, cuatro diputados de la Concertación presentaron un proyecto de ley que “Modifica la ley General de Servicios Eléctricos para fomentar el desarrollo de energías renovables no convencionales” y, en la misma época, en el Senado, Senadores de la Alianza y de la Concertación, presentaron otro proyecto de ley para el “Fomento de las fuentes de energías renovables y no contaminantes”.

Ambos proyectos se revisarán a continuación.

Proyectos de ley sobre ERNC en tramitación en el Congreso

Según ya se señaló, en julio de 2006 se presentaron dos proyectos de ley al Congreso que tienen por objeto promover el uso de las ERNC:

1.- Proyecto de ley que “Modifica la ley General de Servicios Eléctricos para fomentar el desarrollo de energías renovables no convencionales”, presentado en la Cámara de Diputados en julio del presente año; y

2.- Proyecto de ley para el “Fomento de las fuentes de energías renovables y no contaminantes”, presentado en el Senado, también en julio del presente año.


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1.- Proyecto de ley que “Modifica la ley General de Servicios Eléctricos para fomentar el desarrollo de energías renovables no convencionales”

De acuerdo a la moción que fundamentó este proyecto, las ERNC representan un recurso abundante en nuestro país que, por desconocimiento, desinformación y altos costos de inversión, prácticamente no se explota.

Se señala que en otros países, las tecnologías para la generación de la llamada "electricidad verde", han tenido avances significativos en materia de eficiencia y confiabilidad, mientras que los costos de su ciclo de vida han disminuido y los mercados se han expandido. Por ejemplo, la capacidad mundial de aerogeneradores instalados es ahora superior a los 40,000 megawatts (MW), de unos 1500 MW que había instalados hace 15 años; las ventas globales de generadores fotovoltaicos (FV) ascienden en la actualidad a 300 MW anuales en un mercado que prácticamente no existía hace menos de 20 años.

Los diputados consideran que el establecimiento de una política de fomento de las ERNC se traduciría en beneficios en materia macroeconómica, de política industrial, de desarrollo rural y local, de salud pública, de desarrollo sustentable y de diversificación y seguridad energética.

Concretamente, el proyecto propone dos modificaciones al artículo 96 ter:

a) Suprimir en el inciso 5 del artículo 96 ter de la Ley General de Servicios Eléctricos los términos “al precio promedio del inciso primero del mismo artículo,”.

El inciso 5 del artículo 96 ter es aquel que otorga a los propietarios de medios de generación de ERNC el derecho a suministrar a los concesionarios de distribución hasta el 5% del total de la demanda destinada a clientes regulados. El precio que reciben por ese suministro, según el mismo inciso, es el precio promedio en que los concesionarios de servicio público de distribución traspasan a sus clientes regulados, los precios a nivel de generación-transporte. Para calcular el precio, se deben promediar los precios vigentes para dichos suministros, conforme a sus respectivos contratos, y ponderar los precios por el volumen de suministro correspondiente.

Según los diputados, la modificación tiene por objeto que este precio se fije competitivamente y a nivel de generación solamente.

b) Reemplazar el inciso final del artículo 96 ter, que señala que “Los procedimientos para dar cumplimiento a lo establecido en este artículo se contendrán en el reglamento.” por el siguiente: “Los procedimientos para dar cumplimento a lo establecido en este artículo darán lugar a una licitación aparte para la reserva del 5% entre los generadores de fuentes no convencionales, con competencia de precios entre ellos, de acuerdo a las normas y mecanismos establecidos en la ley 20.018 para las licitaciones de empresas concesionarias.”.

Mediante esta modificación, establecen una licitación aparte para la reserva del 5% entre los generadores de fuentes no convencionales.

En la moción, los diputados agregaron que, en el futuro, esperan aumentar la reserva actual del 5% a 10% o más, para “permitir que opere la economía de escala respecto a estos medios de generación”.


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2.- Proyecto de ley para el “Fomento de las fuentes de energías renovables y no contaminantes”

El fundamento del proyecto de ley presentado en el Senado es parecido al anterior. Según la moción, mediante el fomento de las ERNC, se busca diversificar la matriz, lograr autonomía energética y fomentar el uso de fuentes no contaminantes. Los senadores de la Comisión de Minería y Energía coincidieron en que no sólo era necesario fomentar a las pequeñas empresas generadores de ERNC, sino también a grandes inversores en ERNC, con la sola excepción de las grandes empresas de generación hidráulicas.

El proyecto propiamente tal modifica la Ley General de Servicios Eléctricos de la siguiente forma:

a.- Agrega en el artículo 79°-1, que es aquel que regula las licitaciones que deben efectuar las concesionarias de servicio público de distribución para satisfacer el consumo proyectado de sus consumidores, el siguiente inciso tercero, nuevo: “Sin embargo, deberán efectuar una licitación separada para hacer efectivo el derecho a suministro que consagra el Artículo 96° ter, inciso quinto, a favor de los propietarios de medios de generación no convencionales. Esta licitación deberá ser convocada simultáneamente con la establecida en el inciso anterior.”.

Esta modificación también tiene como objeto distinguir dos licitaciones, una para las denominadas ERC y otra para las ERNC, para que cada puedan competir entre ellas, separadamente.

Esta norma tiene, por tanto, los mismos efectos que los señalados en la letra b) del número 1 anterior.

b.- Suprime en el Artículo 96° ter, inciso quinto, el texto “, al precio promedio señalado en el inciso primero de este artículo,”.

Como se puede ver, esta proposición es igual a la de la letra a) del número 1 anterior.

El proyecto presentado ante el Senado se encuentra en un estado de tramitación más avanzado que el de la Cámara. A esta fecha, ya ha sido aprobada la idea de legislar tanto en la Comisión de Minería y Energía como en la Sala. Además, dicha Comisión ya emitió su Primer Informe, en el cual consta la discusión que se produjo respecto del proyecto.

Así, sabemos que el actual Secretario de la CNE señaló:

a.- Respecto de la eliminación del precio promedio para las ERNC, entiende que esta modificación facilitaría el éxito de las licitaciones ya que sería más atractivo participar en ellas, siempre y cuando el precio quede determinado en una licitación pública, abierta y transparente. Consideró que si el precio se fija por un mecanismo de mercado, no debería alejarse del precio promedio nudo.

b.- Respecto a la posibilidad de que las ERN y las ERNC liciten en forma separada, señaló que ello parece razonable, dado que se trata de dos productos distintos. Ello permite a las ERNC competir entre sí.

Dejó claro, sin embargo, que, a su parecer, el proyecto presenta varios inconvenientes.

a.- En primer lugar, señaló que la CNE estaría estudiando cómo evitar que estas modificaciones introduzcan una asimetría entre los clientes libres y los clientes regulados, ya que si el precio que resulta para las energías


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renovables es mayor, serían los clientes regulados los que, en definitiva, absorberían el “esfuerzo país” por desarrollar dichas energías. En su opinión, este esfuerzo debería ser compartido con los clientes libres, especialmente en el norte del país, en el que los clientes regulados sólo usan el 10% de la energía generada.

b.- En segundo lugar, manifestó su inquietud por las restricciones de tamaño actualmente existentes, ya que el 5% de las licitaciones está reservado para ERNC con capacidad de menos de 20 MW, con lo cual quedarían fuera los proyectos eólicos interesantes y, totalmente, la geotermia. Ello significa que, en el corto plazo, la ERNC disponible no sería suficiente para cubrir dicho 5%, lo que elevaría el precio muy por sobre el precio de nudo.

Opinión de los expertos

En el seminario que organizó la Sofofa más arriba señalado, Sebastián Bernstein, panelista que cerró el seminario, dio una visión global de quienes lo precedieron y de la situación energética del país, por lo que sólo se hará referencia a su exposición.

En primer lugar, Bernstein aseveró que, hoy en día, el sistema energético no está en crisis, ya que una crisis implica falta de un suministro vital y paralización de actividades, la que claramente no es la situación en que estamos.

Si bien reconoció que en el futuro podrían haber algunas situaciones difíciles, en la práctica, la dinámica con que se da el equilibrio oferta y demanda y la adaptación de las unidades generadoras para usar combustible dual, lo hace improbable. Por sobre todo, consideró que constituiría una vergüenza que las empresas generadoras no pudieran cumplir con su responsabilidad pública, social y económica, dado el régimen de precios libres y el alza de los precios de nudo.

Lo que observa con preocupación, sin embargo, son los enfoques y propuestas que se han dado a nivel político y parlamentario.

Indicó que se suele confundir “seguridad” con “independencia energética” y que, por ello, han considerado indispensable promover todas las formas de energía que den al país independencia energética, sin pensar que pretender ser autárquicos en energía tiene costos absolutamente insoportables para el país.

La independencia energética puede lograrse perfectamente aún si se depende en un 90% de combustibles fósiles importados, que son commodities en el mundo y en los cuales hay una gran diversidad de proveedores, por lo que los precios son conocidos y no hay posibilidades de monopolios o de cortes de suministro. Esta es la situación a la que se tendrá que acostumbrar nuestro país, al corto o largo plazo, ya que no cuenta con recursos propios suficientes y, por otra parte, las futuras demandas exigirán duplicar las instalaciones cada 12 años en el sector eléctrico.

Además, la tendencia mundial sigue siendo la de abastecerse con medios energéticos convencionales, como el carbón, la hidroelectricidad y el petróleo. No se puede creer que aquí vamos a lograr la independencia “a través de la promoción voluntarista de determinadas formas de energía”.

La actual política energética se funda en el funcionamiento de los mercados competitivos y en el rol subsidiario del Estado en sus dos facetas: dejar actuar a los individuos, a las comunidades y a las organizaciones intermedias, en particular la empresa privada con preferencia al Estado; y canalizar la ayuda


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del Estado a los sectores más desvalidos de la población. El establecimiento de ¨metas¨, por tanto, como la de obtener una capacidad instalada de 15% en ERNC, atenta contra nuestro sistema e impone abastecimientos de costos mayores a los que existen hoy en día.

Finalizó su exposición señalando que es necesario que éstas se integren por sí solas, en la medida que sean capaces de competir con las convencionales, lo que en algunos casos, ya está sucediendo.

Conclusiones

De acuerdo a lo expuesto anteriormente, vemos que las proposiciones del Gobierno y de los parlamentarios, para fomentar y forzar la generación de electricidad por medio de las llamadas ERNC, no sólo atenta contra la política energética del país, basada en el funcionamiento de los mercados, libre competencia y un rol subsidiario del Estado, política que a nadie cabe duda ha funcionado bien, sino, además, no logrará los objetivos buscados.

En efecto, la autonomía energética que se pretende alcanzar, nunca se va a lograr, ya que el país no posee recursos suficientes para solventar la creciente demanda eléctrica, salvo que se pretenda hacerlo a costos altísimos para la población.

No se aumenta la seguridad energética, ya que, existiendo commodities a precios competitivos en el resto del mundo, se puede tener absoluta seguridad abasteciéndose en un 90% con productos extranjeros.

No se supera la “actual crisis energética” ya que ésta no existe.

No se introducen medios de generación menos contaminantes, ya que algunos, como la energía eólica, ha resultado ser más contaminantes de lo que se esperaba y, si bien se diversifica la matriz, ello no tiene justificación alguna si sólo se puede hacer a costos altísimos.

Lo más grave, sin embargo, es que imponer metas para introducir a la fuerza fuentes no convencionales, implicará aumentar los costos de la energía, lo que afectará de forma especial a los clientes regulados, que constituyen, en general, el sector más pobre de la población.


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